ADMINISTRACIÓN DE
PERSONAL
Profesora: Álvarez Silvia Adriana , mi nuevo email profealvarez61@gmail.com
REMUNERACIÓN
BÁSICA: Pueden ser , sueldo jornal o por tiempo.
REMUNERACIONES
ADICIONALES: Viáticos, hora extras,
feriados. A destajo, participación en utilidades, comisiones, gratificaciones,
presentismo, premio, antigüedad, propinas, accidentes de enfermedades
inculpables. etc. Tienen que ver con el
rendimiento.
Sueldo: Es la remuneración fija que se
paga por mes de trabajo, sin tener en cuenta, sábados, domingos y feriados,
Jornal: Remuneración que se paga por
hora o por día y su liquidación se realiza por quincena.
A destajo: Es la remuneración que se
paga por el rendimiento sin tener en cuenta el tiempo empleado ( a mayor
producción, mayor remuneración).
Comisión: Es la suma que surge de
porcentajes aplicados sobre ventas o compras.
Propinas: Gratificaciones voluntarias de
un tercero ajeno a la relación laboral.
Premios: Son retribuciones
complementarias que dependen de factores como el presentismo,
La puntualidad o la producción.
Viáticos: Son remuneraciones que el
empleador abona para gastos de viaje, comida, etc. Necesarios para el
cumplimiento de las tareas laborales.
Gratificación: Representa un sobresueldo
voluntario, depende del empleador.
Horas extras: Es la remuneración que se
paga por tareas realizadas fuera del horario habitual. El empleado recibirá un 50% más del valor de la
hora que cobra de lunes a sábado hasta las 13 horas, y un 100% más los
domingos, feriados y sábados luego de las 13 horas.
Antigüedad: Es un porcentaje que varía
según el convenio de la actividad.
Todo lo que es remuneración: tiene
aportes y contribuciones, se tiene en cuenta para SAC, para la indemnización
por despido y salario por actividad inculpable o accidental.
Los conceptos no remunerativos( los
vimos en la actividad de Sueldos y jornales), no se tienen en cuenta para SAC,
para la indemnización por despido y salario por actividad inculpable o
accidental.
Extinción
del contrato de trabajo:
SUS PRINCIPALES CAUSAS SON: renuncia del
trabajador, voluntad de las partes, , fallecimiento del trabajador,
fallecimiento del empleador, vencimiento del plazo del contrato, jubilación del
trabajador, justa causa, incapacidad del trabajador.
VACACIONES: El empleado tiene derecho a
un período de descanso anual remunerado
que dependerá de la antigüedad en el empleo. El objetivo de las vacaciones es
que el trabajador pueda reponerse psíquica y físicamente, por lo tanto, no
puede sustituirse. El artículo 150 de la ley de Contrato de trabajo establece
los días o plazos de ese descanso anual:
14 días corridos cuando los
años NO excedan 5 años.
21 días corridos con una antigüedad de 5 años y que no exceda
los 10 años.
28 días corridos con una
antigüedad de 10 años y menos de 20 años
35 días corridos con 20 años
de antigüedad.
Para gozar de esta licencia
anual se debe haber prestado un servicio durante la mitad como mínimo de los
días hábiles del año calendario.
SAC(SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO) :
Consiste en una suma adicional a la que tienen derecho todos los trabajadores
en relación de dependencia. Se paga en dos cuotas: primera cuota 30 de junio
primeros días de Julio, segunda cuota 31 de Diciembre, depende del convenio. El
SAC ES EL 50% de la mayor remuneración mensual devengada en el semestre de cada
año. Este importe resulta de la suma de todos los conceptos que el empleado
posee en su remuneración(remunerativos) , presentismo y premio por producción,
comisiones, horas extras, entre otros. Si no se llega a completar el semestre
de trabajo, se calculará proporcionalmente los días trabajados.
Ejemplo: Una persona ingresa a trabajar
en enero y en el mes de junio se calcula el primer aguinaldo, si la mayor
remuneración bruta mensual fuese de $ 120.0000, sería su aguinaldo $120.000 dividido 2= $ 60.000
Accidentes o enfermedades: Cuando los
trabajadores sufren un accidente o enfermedad que les impide asistir a su
trabajo, tendrán derecho a percibir su salario habitual y normal durante el
tiempo que dure la misma.
Preaviso: Es la comunicación por escrito
de la disolución del contrato de trabajo por decisión de una de las partes.
Despido: En caso que el empleador decida
prescindir del empleado SIN CAUSA justificada (sin justa causa), estará obligado al pago de una
indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año trabajado.
En caso de que el despido se realice por
justa causa, mal desempeño o
incumplimiento reiterado del empleado no recibirá indemnización alguna).
SUELDO BÁSICO + ADICIONALES = SUELDO
BRUTO
SUELDO BRUTO – RETENCIONES O APORTES
PERSONALES= SUELDO NETO
SUELDO NETO + ASIGNACIONES FAMILIARES=
SUELDO NETO A COBRAR
SOBRE EL SUELDO BRUTO SE CALCULAR:
-APORTES PERSONALES
-CONTRIBUCIONES PATRONALES
HORAS EXTRAS
Son excepciones a la jornada normal de
trabajo y pueden aplicarse en las circunstancias previstas en el artículo 203
de la Ley de Contrato de TRABAJO.
El pago de las horas extras se realiza
con un recargo del 50% sobre la hora normal de trabajo si se trata de días
comunes y 100% en los días sábados después de las 13 horas, domingos y
feriados.
Cómo se calcula? Se toma el sueldo básico normal y se divide
por las 200 horas, por lo que se obtiene
la hora normal de trabajo a lo que se le aplicará el 50 o 100%, según
corresponda.
Ejemplo: Un trabajador tiene
un sueldo de $43.210 y realizó 6 horas extras simples y 8 horas extras
especiales. Calcular que importe se le debe abonar.
HORA SIMPLE y ESPECIALES
Si el sueldo del trabajador fuese de $
43.210, lo divido por 200= $ 216.05 la
hora.
Si el trabajador realizó 6 horas extras
simples (50%)
1) $216.05 X 1.5= $ 324.07 este es el
valor de una hora extra simple.
2) $324.07 X 6= $1.944.45
3)8 horas extras especiales (100%); $
216.05 X 2= $ 432.10
4)$ 432.10 X 8=$ 3.456.80
$ 43.210 BÁSICO
+
$ 1.944.45 hs. simples
$ 3.456.80 hs. especiales
$ 48.611.25
RESOLVER LOS SIGUIENTES EJERCICIOS:
1-
Calcular las horas extras de un empleado cuyo sueldo
es de $ 33.560 , el cual trabajó 15
horas extras simples y 13 horas extras especiales.
2-
Calcular las horas extras de un empleado cuyo sueldo
es de $ 65.000, el cual trabajó 20 horas extras simples y 18 horas extras
especiales.
3-
Calcular las horas extras de un empleado cuyo sueldo
es de $ 75.000, el cual realizó 19 horas
extras simples y 23 horas especiales.